CONSULTORÍA FISCAL Y CONTABLE:
Planificación fiscal.
Asesoramiento tributario (Renta, sociedades, IVA,…).
Due Diligence Fiscal.
Consultoría en temas relacionados con Agencia Tributaria, Seguridad Social, Ayuntamientos etc.
Económico-Financiero: Gestiones de préstamos, hipotecas, agrupaciones de deudas, refinanciaciones, etc.
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Póngase en contacto para su plan estratégico para su PYME.
ELABORACIÓN DE IMPUESTOS:
Elaboración de declaraciones fiscales de la empresa y del profesional autónomo.
• IRPF (Modelo 110, 190).
• IVA (Modelo 300, 390, 349).
• Declaración anual de operaciones (Modelo 347).
• Impuesto sobre Sociedades (Modelo 200, 201).
• Pagos a cuenta de Sociedades (Modelo 202).
• Impuestos especiales.
SERVICIOS FISCALES A EMPRESA O PROFESIONALES:
• Impuesto sobre Sociedades.
• Contabilidades.
• Fusiones y Adquisiciones.
• Auditoría fiscal.
• Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
• Grandes Patrimonios y Empresa Familiar.
• Impuesto sobre Sucesiones.
• IVA, Impuestos Especiales y Aduanas.
• Otros Impuestos: ITP y AJD.
• Precios de transferencia.
• Procedimiento tributario.
• Tributación de Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.
• Fundaciones y Entidades sin fines lucrativos.
ASESORAMIENTO MERCANTIL:
•Asesoramiento e intermediación en la prestación de servicios de asesoría técnica, y económica en general.
•Asesoramiento mercantil y concursal.
•Consultas, redacción de informes y dictámenes.
• Contratación Mercantil de todo tipo (leasing, reanting, servicios, etc..)
• Derecho societario.
• Responsabilidad de administradores.
• Acción social e individual.
•Además: Servicios de intermediación, asesoramiento y gestión de alquileres, apoyados por un servicio de consultoría integral de gestión administrativa contable, fiscal y jurídica para particulares y empresas, así como gestión y mantenimiento de todo tipo de inmuebles.
•Contratos (comercial, outsourcing, prestación de servicios, subcontratación).
•Todo lo que necesite en Asesoría. Diseño de un plan que le brinde soluciones efectivas.
• Nota: se excluyen expresamente la prestación de los servicios a Sociedades recogidos en el Decreto Ley 11/2018, de 31 de agosto, apartado 33 de su art. 2 (introducidos en una Disposición Adicional Única en la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo). NO dando cobertura cuando se trate de:
(Personas físicas o jurídicas que de forma empresarial o profesional constituyan sociedades u otras personas jurídicas; ejerzan funciones de dirección o secretaría de una sociedad, socio de una asociación o funciones similares en relación con otras personas jurídicas o disponer que otra persona ejerza dichas funciones; que faciliten un domicilio social o una dirección comercial, postal, administrativa y otros servicios afines a una sociedad, una asociación o cualquier otro instrumento o persona jurídicos. También se deberán registrarse aquellos profesionales que ejerzan funciones de fideicomisario en un fideicomiso (trust) expreso o instrumento jurídico similar o dispongan que otra persona ejerza dichas funciones. Y, además, lo estarán, quienes ejercen funciones de accionista por cuenta de otra persona).
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